Hasta el 4 de marzo está abierto el plazo de las ayudas destinadas a la implantación de planes de igualdad laboral, medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar, personal y laboral, así como sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (RSE), en las pymes y autónomos gallegos.

Estas ayudas, gestionadas a través de la Consellería de Emprego e Igualdade, cuentan con una serie de características propias que resumimos en dos puntos:

PRIMERO.- DIFERENTES LÍNEAS DE APOYO

Se habilitan tres líneas de ayudas con diferentes cuantías de apoyo:

Línea I: elaboración e implantación de planes de igualdad

En esta línea, la cuantía de las ayudas será de:
a) Hasta el 80 % de los costes que conlleve el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € en los demás supuestos.
b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.
c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.
d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación como mínimo de un año de una persona experta en igualdad.

La contratación prevista en la letra d) es compatible con las ayudas contempladas en las letras a), b), y c).

Línea II: conciliación

Que, a su vez, comprende tres sublíneas:

Sublínea II.1. Incentivos para fomento del teletrabajo.
Se incentivará la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo con ayudas que consistirán en un incentivo de 2.000 euros por persona trabajadora con un acuerdo de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenga en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 8.000 euros por empresa.
El límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina. Este incremento no será aplicable a aquellas empresas que ya lo hayan obtenido en otras convocatorias.

Sublínea II.2. Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria.
Se incentivará la adopción de acuerdos laborales de flexibilidad horaria a través de una ayuda que consistirá en un incentivo de 8.000 euros por empresa solicitante. Este límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina.

Sublínea II.3. Subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo.
Para adquisición de elementos tecnológicos como ordenador personal, medios materiales para el acceso a internet y todos aquellos periféricos necesarios para las tareas a desarrollar: webcam, impresora, escáner y demás componentes de hardware necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo, con la finalidad de fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC) como una medida de conciliación laboral, personal y familiar.
Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 80 % de la inversión, con el tope de 1.500 euros por persona trabajadora beneficiada y con el límite máximo de 20.000 euros por empresa. La ayuda se verá incrementada en un 10 % para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea al menos igual a la masculina.

Línea III: certificaciones de RSE

Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: empresa familiarmente responsable-EFR (conciliación), Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Globlal Compact (pacto mundial); ISO 19600, SGE 21, Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente), SA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ISO 45001 (seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable, asimismo sello horarios racionales (SHR).
La cuantía de la ayuda será el pago del 80 % de los costes que conlleve el proceso de la certificación o verificación con un máximo de 2.000 € por empresa.

SEGUNDO.- UN PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD TAMBIÉN DIFERENCIADO

Las solicitudes se presentará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal:

Línea I Planes igualdad (código de procedimiento TR357C)
Línea II Ayudas conciliación (código de procedimiento TR357D)
Línea III Certificaciones RSE (código de procedimiento TR357B)

Más info y consulta de dudas a través de la Dirección Xeral de Relacións Laborais, teléfono 981544615, e-mail relacionslaborais.emprego@xunta.gal.

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