El próximo día 12 de agosto finaliza el plazo de solicitud de las ayudas del programa Bono de las Personas Autónomas 2021, habilitado por la Xunta de Galicia para facilitar la mejora de la competitividad de este tipo de negocios en la Comunidad Autónoma.

En este post resumimos algunos de los puntos clave de estos incentivos:

1.- OBJETIVO: Contribuir a la mejora de la competitividad de negocios puestos en marcha por personas autónomas residentes y con domicilio fiscal en Galicia, que serán las beneficiarias de estas ayudas junto con sociedades de cualquier clase y las comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia, que entre otras condiciones habrán de tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.

2.- CUANTÍA: Se podrá conceder para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de las personas beneficiarias de esta ayuda una subvención del 80% de la actividad subvencionable con un límite máximo de 3.000 euros de ayuda por el conjunto de actividades subvencionables. El pago de la ayuda se realizará como pago anticipado con la aceptación de la misma.

3.- ¿QUÉ SE SUBVENCIONA EXACTAMENTE?: Estos incentivos contemplan dos líneas de subvención:

Línea 1, para mejora de la competitividad e través de los siguientes servicios: investigación de mercado, plan de marketing, plan de comunicación de negocio, plan estratégico de negocio, plan de crecimiento, plan de reorientación de negocio, plan de transformación digital, plan de refinanciamiento. También se podrán subvencionar otros estudios y planes que estén dirigidos a aumentar la competitividad de la empresa. Se podrá computar como gasto subvencionable el pago del importe de la cofinanciación privada de los servicios contratados con el Igape a través del programa Reacciona, en la convocatoria 2021 y sucesivas por parte de los autónomos.

Línea 2, para mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones: compra de maquinaria, compra de útiles y herramientas, reforma del local de negocio, equipamientos informáticos, rótulos, aplicaciones informáticas y página web, creación de logotipo del negocio y mobiliario. No se subvencionan teléfonos móviles ni smartphones.

Las Líneas 1 y 2 no son excluyentes entre ellas. En caso de solicitar las dos líneas se atenderá primero a la línea 1 y luego a la 2, con el límite máximo ide 3.000€ para el conjunto de actividades.

Se subvencionarán los gastos realizados desde el 1 de enero de 2021 y durante el período subvencionable, que sean efectivamente justificados mediante factura y documentos bancarios de pago con anterioridad a la finalización del período de justificación establecido en la resolución de concesión o, en todo caso, hasta el 31 de diciembre del 2021.

4.- ¿DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD?: Siempre en sede electrónica de la Xunta de Galicia. Más información a través del Servizo de Emprego Autónomo de la Consellería de Emprego e Igualdade (teléfonos 981545625/ 981957729).

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