Prevención en camino: accidentes in itínere y en misión
Salvo que nuestra empresa emplee a trabajadores como conductores profesionales (de cualquier tipo de vehículo), muchas veces olvidamos que los riesgos asociados a desplazamientos efectuados para acudir a un centro de trabajo también son riesgos laborales, y que un accidente de trabajo es «toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena» (art. 156 de la Ley General de la Seguridad Social), consideración que se extiende a los denominados accidentes in itínere y en misión.
* Accidentes in itínere: aquellos que se producen en el trayecto de ida o vuelta desde el domicilio al centro de trabajo.
* Accidentes en misión: los que se producen por desplazamientos durante la jornada laboral en cumplimiento de una tarea (misión) encomendada por la empresa.
El hecho es que, a pesar de que en los últimos años en España el descenso de la siniestralidad vial laboral se cifra en alrededor de un 60%, los accidentes de tráfico siguen siendo la causa de más de un 30% de los accidentes de trabajo de carácter mortal.
Con la finalidad de minimizar el riesgo de accidentes, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario tiene la obligación de evaluar los riesgos asociados a las tareas desempeñadas en su empresa, informar y formar a sus trabajadores y establecer las medidas preventivas más apropiadas para reducir los posibles riesgos al máximo.
Entre las medidas preventivas más efectivas en materia de seguridad vial laboral se encuentran:
* Evaluar la necesidad de cada desplazamiento y evitarlo si es factible realizar la tarea sin efectuarlo (por ejemplo, empleando una alternativa como enviar un email, efectuar una videoconferencia, etc.).
* Promover planes de movilidad sostenibles: que incluyan medidas encaminadas a facilitar el desplazamiento de los trabajadores a los centros laborales a través de alternativas más económicas y seguras (promover los desplazamientos a pie, el uso de transportes públicos, vehículos compartidos, etc.)
* Planificar exactamente cada desplazamiento efectuado por motivos laborales: itinerario exacto, rutas, tiempos, descansos necesarios, etc.
* Promover un buen mantenimiento de los vehículos (diseñar un protocolo de comunicación de incidencias, garantizar revisiones, etc.)
* Desarrollar acciones de sensibilización y concienciación en materia de seguridad vial.
La apuesta por la seguridad vial laboral es también una apuesta empresarial en materia de RSC (Responsabilidad Social Corporativa). Para empresas interesadas en ir más allá y estimular las buenas prácticas en sus centros de trabajo, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Dirección General de Tráfico mantienen una web especializada, www.seguridadviallaboral.es, donde se puede consultar desde legislación y diferentes guías específicas, a datos estadísticos e información y herramientas para facilitar y promover la implantación de la seguridad vial en las empresas como:
* Guía actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de seguridad vial en las empresas
* Plan tipo seguridad vial en la empresa
* Información del Sistema BONUS (reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral).
* Información sobre la norma ISO 39001 ‘Sistemas de Gestión para la Seguridad Vial’, para la implantación de un sistema de gestión en seguridad vial para reducir y prevenir los accidentes de tráfico.
Más información y asesoramiento a través de su Oficina de Prevención de Riesgos Laborales para Pymes de la CEL, financiada por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
El contenido de este artículo es responsabilidad exclusiva de la Confederación de Empresarios de Lugo y no refleja necesariamente la opinión de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
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